Los jueces de la Cámara 1 de esta localidad, hacen oídos sordos ante el pedido de María Almonacid, para que su hijo Pablo Almonacid, un interno del Penal 3 de la ciudad de Bariloche, se vea beneficiado con un arresto domiciliario
María Almonacid, habría esgrimido el beneficio de arresto domiciliario, que según la ley 26472 de Ejecución Penal, sancionada en Diciembre del 2008 y publicada en Enero de 2009,que por la cual y considerando el art 1 “el juez competente, podrá disponer el cumplimiento de la pena impuesta en detención domiciliaria: a)- al interno enfermo cuando la privación de la libertad es el establecimiento carcelario le impida recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia y no correspondiere su alojamiento en un establecimiento hospitalario.”
Pablo Almonacid corre grave riesgo de infección al tener perforado un pulmón y riñón y al no podérsele garantizar una adecuada atención en el mismo penal.
Por otro lado María Almonacid en comunicación con Gente de Radio, comento que Pablo seria trasladado, aun en el estado grave en que se encuentra, hacia Viedma en las próximas horas para atestiguar, sin que le hubieran comunicado nada a ella ni a Pablo.
AUDIO 1 Situación de Pablo y beneficio legal
AUDIO 2 Traslado a Viedma
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